A través de este Decreto se disponen mecanismos para hacer efectivo el derecho de petición verbal a través del cual se promueva el acceso de la ciudadanía a los servicios ofrecidos por el Estado. Las autoridades deberán dejar constancia y radicar las peticiones verbales que se reciban, por cualquier medio idóneo que garantice la comunicación o transferencia de datos de la información al interior de la entidad.
A más tardar el 30 de enero de 2017 las autoridades implementarán o adecuarán los mecanismos e instrumentos internos que permitan el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto.
Entonces hablemos. Llámenos, escríbanos un correo electrónico o pídanos una cita.