A través de la resolución general (AFIP) 4667 (B.O. 31/01/2020) la AFIP reglamenta la moratoria para monotributistas, autónomos y demás contribuyentes MiPymes y entidades sin fines de lucro -cooperativas, cooperadoras, clubes de barrio, etc.-, según lo dispuesto por la Ley 27.541 de solidaridad social y reactivación productiva, por deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social.
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