El pasado 25 de setiembre, el Poder Ejecutivo (P.E) aprobó la Ley Nº 19.535 de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del 2016.
En ocasión del envío al Parlamento del Proyecto de Ley correspondiente, comentamos en varias entregas, las principales modificaciones tributarias que se planteaban. Dado que algunas de ellas han cambiado, consideramos oportuno mencionar las finalmente aprobadas.
Rentas de fuente internacional
Investigación y desarrollo en las áreas de biotecnología y bioinformática, y producción de soportes lógicos
Se mantienen como rentas exentas para IRAE, pero ajustando los beneficios a las actividades realmente generadas en Uruguay. Se distinguen:
Juegos de azar
La Ley introduce varias normas al respecto:
Defraudación tributaria
Se agravan las sanciones por delitos penales de defraudación tributaria, cuando se utilicen facturas o documentos, ideológica o materialmente falsos.
Tasa Consular para las importaciones
Se incrementa la Tasa del 2% al 5% sobre el valor en aduana de los artículos importados, salvo para los de origen Mercosur, a los que se les aplicará el 3%. Se exceptúan algunos bienes.
Por último, debemos mencionar que esta Ley no incluyó los cambios propuestos a la Ley N° 15.921, que regula el régimen de Zonas Francas.