El 16 de diciembre de 2020 el congreso general de los Estados Unidos Mexicanos decreto la reforma a diversas disposiciones de “LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO”.
En la cual se destacan los siguientes puntos resolutivos:
Finalmente la aplicación del decreto será en los próximos seis meses siguientes a la fecha de entrada en vigor del mismo, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, deberá emitir las modificaciones a las disposiciones de carácter general, que sean necesarias para que las Administradoras de Fondos para el Retiro y las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, instrumenten lo relativo a la designación de beneficiarios a que se refiere el artículo 193 de la Ley del Seguro Social.
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Act. Eduardo Luisillo
Dra. en Derecho Brenda Baez
AUREN MÉXICO