La Propiedad Industrial ante la contingencia COVID-19

18/06/2020

Con el fin de orientar a nuestra clientela durante la contingencia que estamos viviendo debido a la pandemia mundial ocasionada por el “SARS-CoV2” o “COVID 19” y su incidencia en la actividad de los órganos del estado, nos permitimos hacer algunos comentarios en torno a la materia de la propiedad industrial que, consideramos, pueden ser de utilidad para usted.

LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
Entendemos por Propiedad Industrial el conjunto de derechos e instituciones abocados a proteger a las personas físicas o morales que desean reservar sus creaciones industriales (por medio de patentes, modelos de utilidad, diseños industriales); distinguir sus productos o servicios de otros de su especie o clase provenientes de sus competidores (a través de las marcas, avisos y nombres comerciales, denominaciones de origen o indicaciones geográficas); distinguir la identidad de sus establecimientos comerciales (“imagen comercial o trade dress”), de otros dedicados al mismo giro.


Lo anterior, sobre la base de que la titularidad de tales derechos, otorgan la facultad de perseguir ante las autoridades competentes a los que infrinjan tales prerrogativas o lleven a cabo actos de competencia desleal.1
Para tales efectos, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial.

CONTEXTO SOCIAL.
Debido a la contingencia, y ante las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID19), ordenadas por la Secretaría de Salud, conforme a las cuales, la suspensión de actividades se amplió hasta el 30 de mayo de 20202, el IMPI ha determinado, por medio de la Gaceta de la Propiedad Industrial de fecha 28 de abril del año en curso, los acuerdos por virtud de los cuales se suspenden los plazos, no corren términos legales y se suspenden actividades.

TRÁMITES EN LÍNEA ANTE IMPI.
Atendiendo a lo antes expuesto y, dada la imposibilidad de comparecer a las oficinas del IMPI a iniciar trámites de su competencia, es preciso destacar que la propia autoridad ha establecido una serie de servicios en línea de fácil acceso. De esta manera, es posible no interrumpir o esperar la reanudación de las funciones de la autoridad e iniciar gestiones en esta materia.

Los distintos servicios electrónicos que ofrece el IMPI, según su página de Internet son:
– Trámite de solicitud de registro de marcas y patentes: Permite el inicio de trámites de registro en línea de creaciones industriales y signos distintivos.
– Consulta de registros existentes de marcas y patentes: A través de las herramientas que el IMPI ha implementado en su página de Internet, destacando la reciente incorporación de la herramienta denominada “MARCIA”, que permite efectuar la búsqueda de marcas registradas o en trámite, ya nominativas, figurativas o marcas “no tradicionales” por medio de inteligencia artificial.
– Realización de pagos en línea y obtención de facturas: A través de la cuenta “PASE” implementada por el IMPI, que permite llevar a cabo pagos de las correspondientes tarifas de los servicios brindados por medio de transferencias electrónicas, pagos con tarjeta de crédito o en ventanilla bancaria u oficialía electrónica de marcas: Da la oportunidad a los usuarios de presentar trámites como solicitudes de registro de marcas holográficas, sonoras, olfativas y de certificación; renovaciones, transmisiones de derechos, licencias de uso o franquicias, solicitudes de declaración de protección de denominaciones de origen e indicaciones geográficas, oposiciones y recursos de revisión, entre otros.
– Trámite de conservación de derechos de marcas: por medio de la oficialía electrónica de marcas permite llevar a cabo la renovación marcaria o la declaración de uso real y efectivo de marcas (para todos aquellos signos distintivos tramitados posteriormente a la reforma a la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial el 19 de mayo de 2018).
– Consulta de notificaciones de procedimientos de declaración administrativa: A través de la referida cuenta “PASE”.
– Inscripción de poderes: Para representantes de los titulares de derechos de propiedad industrial.

PROTECCIÓN Y TUTELA DE DERECHOS.
Ante la reanudación de los servicios del IMPI hasta el día 30 de mayo, situación que podría prolongarse atendiendo a las determinaciones de la autoridad sanitaria, cualquier infracción a derechos de propiedad industrial no podrá ser denunciada de manera inmediata, lo que no significa que no estemos en posibilidad de acopiar pruebas para, una vez que se reanuden las actividades de la autoridad, podamos invocar su función.
Para ejemplificar lo anterior tenemos que, si se detectó que está circulando en el mercado un producto que ostenta una marca idéntica o similar en grado de confusión con la propia, podemos solicitar a un notario o corredor público que de fe del uso y circulación en el mercado de dicho producto del signo distintivo que se dirige al consumidor con ánimo de confundirlo (comprando, fotografiando y/o facturando el producto, para constancia).


Lic. Jorge Luis Espinoza Trujano – Socio de Auren México

Mtro. Emilio Román Zavaleta – Asociado

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