Mercancías y/o bienes transportados en territorio nacional ya sea por vía terrestre, marítima, aérea o ferroviaria, deben contar con un comprobante fiscal que ampare la posesión y el traslado de estas de un lugar a otro. La actualización a la regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021, aclara quiénes están obligados a emitir el comprobante, el tipo de certificado y confirma que el complemento Carta Porte debe acompañar al CDFI.
Existen 2 tipos de CFDI (Certificado Fiscal Digital por Internet) para el movimiento de bienes dentro del país:
CFDI de Traslado: acredita la posesión de las mercancías. En el complemento se debe incluir la procedencia y los destinos de los productos. Este certificado no reporta ingresos, tiene un RFC genérico y debe ser realizado por los propietarios de los bienes que cuentan con medios propios o por intermediarios o agentes de transporte, cuando preste servicios de logística para el traslado de las mercancías o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente.
CFDI de Ingreso: acredita un ingreso por el traslado de la mercancía de un punto a otro. Ampara y documenta la prestación del servicio. Con la nueva ley, el complemento Carta Porte, adiciona datos sobre la procedencia, destino, empresa destinataria, información del operador, fletes, puntos intermedios, costo de los bienes, entre otros. Este tipo de certificado es emitido por empresas dedicadas al transporte.
Los comprobantes digitales deben emitirse previamente a la realización del traslado de la mercancía y contar con una representación impresa o el archivo digital. En casos donde los productos tienen destinos intermedios, el medio de transporte y el cliente es el mismo, es válido presentar un solo CFDI y su complemento Carta Porte.
¿Por qué nace esta nueva modificación a la Carta Porte?
La modificación tiene como objetivo apoyar al combate contra el contrabando y el robo, disminuir la informalidad y evitar la evasión fiscal.
¿Cómo operar con este cambio?
Para empresas que no cuentan con un sistema automático de facturación y la ejecución es manual, una vez capturados los datos del CFDI como lo hacen regularmente, en la sección Complemento deberán capturar todos los campos solicitados en Carta Porte. El SAT cuenta con 26 catálogos completos con la clasificación de algunos conceptos, para lograr la homologación de la información.
Para empresas que tienen facturación automatizada, es necesario actualizar el software para incluir los campos solicitados por el fisco. Son 185 nuevos datos, algunos de los cuales son mandatorios dependiendo del tipo de mercancía y del transporte utilizado.
¿Cuáles son las fechas más importantes?
Desde el 1 de mayo fue publicada la nueva normatividad. Esta entró en vigor el 1 de junio 2021 y se dio inicio el uso opcional del complemento, siendo su obligatoriedad a partir del 1 de enero del 2022.
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AUREN, MÉXICO.