Es normal que muchas empresas tengan especial interés por lograr la rápida inmunidad de sus propias plantillas, con el objetivo de dejar atrás cuanto antes esta situación de inestabilidad en sus procesos productivos, y evitar problemas de contagios en sus instalaciones. Es por ello por lo que cada vez es más frecuente preguntarse si es posible realizar campañas de vacunación intensiva en los centros de trabajo y, sobre todo, si ello puede suponer obligar a la plantilla a vacunarse de la COVID-19.
Independientemente del debate de si los poderes públicos pueden llegar a instar la vacunación obligatoria, desde el ámbito de la empresa, la respuesta es que NO se puede obligar a las personas trabajadoras a vacunarse. Esta contestación tan categórica encuentra su fundamento en el Artículo 8 del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Dicho artículo señala que “Cuando exista riesgo por exposición a agentes biológicos para los que haya vacunas eficaces, éstas deberán ponerse a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación”.
Afortunadamente, las vacunas contra la COVID-19 ya están aquí, por lo que al fin se atisba el retorno de la sociedad a la tan ansiada “normalidad”. Pero para que esto sea una realidad, antes que nada, es necesario conseguir que un porcentaje significativo de la ciudadanía sea inmune al virus, bien sea por haber pasado la enfermedad, o bien por haber recibido alguna de las vacunas ya aprobadas o que se encuentran en trámite de serlo. Lo que se busca es lograr la tan ansiada “inmunidad de rebaño”, a partir de la cual se reducen de manera drástica las capacidades de transmisión de la enfermedad.
Auren Abogados