Por medio del Decretos 872 del 20 de mayo de 2019, el Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de acceso a las siguientes amnistías concedidas por la ley de financiamiento (1943 de 2018):
1. Conciliación de litigios en contra de la DIAN, relacionados con obligaciones tributarias, cambiarias y aduaneras:
2. Terminación por mutuo acuerdo de actos administrativos expedidos por la DIAN:
Además de determinar los requisitos formales que deben reunir las solicitudes de los contribuyentes y los funcionarios competentes para resolverlas, se establece que quienes antes de la entrada en vigencia del Decreto comentado, hayan presentado solicitudes de terminación por mutuo acuerdo podrán modificar su solicitud y ajustar los requisitos a los actos administrativos notificados con posterioridad a la radicación de la solicitud y antes de la entrada en vigencia del Decreto, para lo cual dispondrán hasta el 20 de junio de 2019.
Fuente: Decreto 872 del 20 de mayo de 2019