Con el fin de unificar el inicio de los vencimientos establecidos en el mes de abril de 2017 para los impuestos de renta y complementario, impuesto sobre la renta para la equidad CREE del año gravable 2016 y declaración de activos en el exterior, con el vencimiento de las declaraciones de retenciones en la fuente y autorretención a título del impuesto sobre la renta, el Gobierno expidió el Decreto 220 de 2017, por medio del cual modifica los plazos contenidos en el Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria (1625 de 2016).
El 8 de marzo de 2017 iniciaría el plazo para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y vencerá en las siguientes fechas:
Entre el 10 y 26 de abril de 2017 se presentarán los vencimientos para declarar el CREE del año gravable 2016, el cual podrá pagarse en dos cuotas (la segunda cuota se pagará entre el 8 y 22 de junio de 2017), y para presentar la declaración por activos en el exterior a cargo de grandes contribuyentes y personas jurídicas, mientras que en mayo de 2017 deberá presentarse la declaración del impuesto a la riqueza y de normalización tributaria.
El plazo para la presentación de la declaración de activos en el exterior a cargo de las personas naturales vencerá entre agosto y octubre de 2017.
El Decreto reitera que la autorretención del impuesto sobre la renta introducida a través del Decreto 2201 del 30 de diciembre de 2016, la cual reemplaza la autorretención del CREE, se deberá pagar de manera mensual a través del formulario 350.
Importante tener en cuenta que las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total no producirán efecto legal alguno (sin necesidad de acto administrativo que así lo declare), salvo en los siguientes casos:
Las declaraciones que se hayan presentado oportunamente pero sin pago, producirán efectos legales siempre y cuando se paguen, junto con los intereses moratorios, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para declarar.