La ley expedida por el Congreso de la Republica este mes de agosto, mediante la cual, se crea una nueva forma de ejecución del contrato de trabajo, denominada trabajo remoto, la cual deberá ser pactada de manera voluntaria por las partes y podrá ser desarrollada a través de las tecnologías existentes y nuevas, u otros medios y mecanismos que permitan ejercer la labor contratada de manera remota.
Este nuevo tipo de trabajo laboral tiene aplicación para entidades públicas, privadas y para firmas extranjeras, y entre todas sus características se destacan las siguientes:
Esta nueva medida busca fortalecer la legislación laborar regulando la ejecución de contratos laborales de forma remota, de manera que, se eliminen obstáculos y formalidades que dificultan la contratación creando diferentes alternativas que fomenten la creación de empleo y que ayuden a que empleado y empleador puedan ejecutar su relación de una manera más ágil y eficiente.
FuenteLey 2121 de 2021.
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