En materia del impuesto sobre las ventas (IVA), algunos servicios de transporte están excluidos y otros gravados. Se encuentran excluidos del IVA, los siguientes:
Por su parte, se causa IVA en el servicio de transporte internacional de pasajeros, caso en el cual el IVA se liquida sobre el valor total del tiquete cuando éstos se expidan de una vía solamente, y sobre el 50% de su valor cuando se expidan de ida y regreso. En estos casos, cuando la base gravable esté estipulada en moneda extranjera, será el equivalente en moneda nacional, con aplicación del tipo de cambio vigente en la fecha de emisión del tiquete.Fuente
FuenteEstatuto Tributario, artículos 431, 461 y 476
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