El Consejo Técnico de la Contaduría Pública señaló en reciente concepto que en aplicación del párrafo 33.8 de la NIIF para PYMES, las transacciones entre partes relacionadas deben revelarse, identificando la naturaleza de la transacción, información acerca de las transacciones, saldos pendientes por cobrar o por pagar y los compromisos adquiridos entre las partes, con el objetivo de comprender los efectos de tales transacciones sobre los estados financieros.
Con base en ello, analizó las siguientes transacciones realizadas entre una filial colombiana y su matriz del exterior:
Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 2019-44 del 28 de febrero de 2019