De no realizarse la inscripción en el registro mercantil dentro de dicho período, se generarán sanciones.
La Superintendencia de Sociedades reiteró que en virtud de los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, las modalidades de control son diversas:
Con frecuencia se observa la configuración de control societario o de grupo empresarial al interior de las organizaciones, sin que tales situaciones se inscriban oportunamente en el registro mercantil, lo cual genera una contingencia por corresponder a una situación sancionable.