El programa de apoyo al empleo formal (PAEF), consistente en un aporte estatal de $351.000 por empleado, creado para ayudar a conservar el empleo formal de empleadores que hayan disminuido en un 20% o más sus ingresos con ocasión a la emergencia sanitaria, corresponde para la empresa que lo recibe a un ingreso gravable en el impuesto sobre la renta, pese a que no está sujeto a retención en la fuente.
En el marco de las NIIF, el dinero recibido del PAEF al ser una subvención del Estado, su registro contable corresponderá a otros ingresos por subvenciones, salvo para las entidades del Grupo 1 NIIF quienes además de lo anterior podrán optar por acreditar directamente la cuenta de gastos de nómina. Al respecto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió la siguiente orientación:
FuenteConsejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 477 del 22 de junio de 2020
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