El pasado 18 de marzo de 2021 la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá expidió la Resolución DDI-000396 en la cual se determinó el contenido y las características de la información que las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho deben aportar por concepto de información endógena y exógena por el año 2020, que debe ser reportada en el 2021. Así mismo esta resolución deroga la Resolución DDI-000392 del pasado 12 de marzo de 2021.
Para la entrega de la información exógena del 2020, el plazo para su entrega que se refiere la Resolución DDI-000396 se determinaron así:
El no suministro de esta información dará lugar a la imposición de sanciones en los términos del artículo 19 de la misma resolución que expone lo siguiente:
“Las personas y entidades señaladas en la presente Resolución, que no suministren la información exógena y endógena requerida, dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presenten errores o no corresponda a lo solicitado, incurrirán en las sanciones establecidas en el artículo 9° del Acuerdo Distrital 756 de 2019, el cual modificó el artículo 24 del Acuerdo 27 de 2001, las cuales no podrán exceder los 3.000 UVT”.
Blog: Auren colombia
FuenteResolución DDI-000396 del 18 de marzo de 2021. Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá.
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