De conformidad con lo establecido por el Decreto No. 1680 de 2020, las siguientes personas no están obligadas a presentar declaración de renta y complementario por el año gravable 2020:
Sin perjuicio de lo anterior, las personas naturales residentes en el país a quienes les hayan practicado retenciones en la fuente y que, de acuerdo con el Estatuto Tributario, no estén obligadas a presentar declaración del impuesto sobre renta, podrán presentarla de manera voluntaria.
Por otra parte, serán contribuyentes del régimen tributario especial las siguientes:
FuenteDecreto No. 1680 de 2020.
Fuente