En el marco de la crisis económica derivada de la pandemia, la Administración Distrital, en conjunto con el Concejo de Bogotá, adoptó una serie de medidas tendientes a la reactivación económica de la capital colombiana.
En este contexto, los inmuebles donde se lleven a cabo actividades escolares, esto es, colegios, jardines infantiles, unidades de servicio del ICBF de propiedad de particulares, gozarán de exenciones y beneficios tributarios. Para tales efectos, estas entidades deben estar reconocidos o registrados ante la Secretaría de Educación del Distrito.
Los requisitos para el acceso a los beneficios tributarios son los siguientes:
Los interesados podrán acceder a esta exención realizando su solicitud a través del sitio web de la Secretaría de Hacienda del Distrito.
FuenteAlcaldía Distrital de Bogotá.
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