Se le consultó al Consejo Técnico de la Contaduría Pública si una propiedad horizontal que compró cámaras y sistemas de seguridad para el ingreso de los residentes debe depreciar dichos elementos.
Al respecto, señaló la entidad que dichos elementos hacen parte de aquellos denominados bienes comunes esenciales y por ello no son susceptibles de ser reconocidos como elementos de propiedad, planta y equipo. Señala el Consejo Técnico que se reconocerán como un gasto del periodo por adquisición de activos esenciales para la copropiedad.
FuenteConsejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 214 del 6 de abril de 2020
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