A través de los Decretos 927 y 938 de junio de 2017, el Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de acceso a las siguientes amnistías concedidas por la reforma tributaria de 2016 (Ley 1819):
Terminación de litigios tramitados ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en contra de actos administrativos de determinación y sancionatorios expedidos por la UGPP.