La Superintendencia de Sociedades se pronunció en reciente concepto frente a algunas responsabilidades derivadas para una persona natural no comerciante, que tiene la calidad de controlante de una sociedad mercantil:
Finalmente, señaló la entidad que en relación con la presentación de los estados financieros correspondientes por parte de la persona natural controlante, que sea no comerciante, deberá disponer de la consolidación o combinación de estados financieros a la subordinada en Colombia de mayor patrimonio.
Fuente:
Superintendencia de Sociedades, Oficio 220-148365 del 28 de septiembre de 2018