La Sala Civil de la Corte Suprema de Justica explicó que, en las situaciones de Restituciones mutuas por nulidad de promesa, no solo se incluye la indexación del precio anticipado. Para ello, antes se debe verificar la intención de los contratantes y del contrato como tal
La declaratoria de nulidad absoluta lleva a que la convención viciada pierda la aptitud para producir cualquier consecuencia jurídica. Se considera que para todos los efectos se considera el contrato como no realizado ya que las secuelas obligacionales desaparecen como si nunca se hubieran celebrado. Adicionalmente se afirmó que la nulidad que afecta la promesa de compraventa lleva a la terminación de la obligación principal, al momento de terminarse la condición pactada.
Sin embargo, adicionalmente se retrotraen las acciones de los contratantes que se hayan realizado para el cumplimiento del contrato. Las restituciones mutuas tienen una carga en cabeza los contratantes de:
Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto para los casos de nulidad por objeto y causa ilícita o celebración de contratos con incapaces absolutos.
En definitiva, las restituciones mutuas a causa de la nulidad de un contrato de promesa incluyen también el reconocimiento de intereses civiles a una tasa de 6% anual.
FuenteCorte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia 0022021 (68001310300820110006802), Ene. 18/20
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