A través de la Resolución 220/2019 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Emprendedores y PyMes del Ministerio de Producción y Trabajo del Gobierno publicó la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
Sobre la elevación del límite en la facturación anual se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por ejemplo, ahora se considera una microempresa la que facture en promedio durante los últimos años hasta $21.990.000, una pequeña hasta $157.740.000; una mediana tramo 1 hasta $986.080.000 y una mediana tramo dos hasta $1.441.090.000.
Se incorporan los siguientes parámetros:
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal.
Damián Cardone,
Socio de Auditoría – Auren Buenos Aires